El impuesto de Sociedades. Sesiones Informativas del Departamento de Bienestar Social y Familia

Debido a la nueva reforma fiscal aprobada recientemente, todas las asociaciones sin excepción están obligadas a partir de 2015 a presentar la declaración del impuesto de sociedades (Véase el artículo 124.3 de la Ley 27/2014 de 27 de noviembre del Impuesto de Sociedades ). Este cambio es importante porque, a diferencia de lo que ocurría hasta ahora, afecta cualquier entidad, aunque no realice ninguna actividad económica y con independencia de su volumen.

 

  1. SESIONES INFORMATIVAS DEL DEPARTAMENTO DE BIENESTAR SOCIAL Y FAMILIA

 

Con el fin de ayudar a las entidades a conocer cuáles son los cambios principales, como los afectan y qué hay que hacer, el Departamento de Bienestar Social y Familia ha previsto una serie de 24 sesiones informativas. Las jornadas se realizarán en equipamientos de la Dirección General de Acción Cívica y Comunitaria de Barcelona, Badalona, Sant Adrià del Besòs, Sant Boi de Llobregat, Sabadell, Terrassa, Canovelles, Igualada, Manresa, Vic, Vilanova y la Geltrú, Mataró, Lleida, Tarragona, Reus, Tortosa, Tremp, Girona, Ripoll y Figueres. Las sesiones, que tendrán lugar durante los meses de febrero y marzo , Serán impartidas por cuatro escuelas reconocidas y expertas en estos temas como son la Fundación Pere Tarrés , Apoyo Asociativo-Fundesplai , el CAE y la Fundación Esplai Girona.

 

la inscripción es obligatoria y el aforo es limitado. Si está interesado en asistir, ya puede consultar el calendario de las sesiones e inscribirse de manera gratuita a través del enlace que encontraréis. A todas las personas que asistan a las charlas, se les dará un certificado al terminar la sesión. También os facilitamos el Programa de las sesiones informativas .

 

En el caso de Barcelona, estas sesiones se suman a las ofertas de formación para las entidades que organiza torre Jussana , Del Ayuntamiento de Barcelona.

 

 

  1. ALGUNOS ACLARACIONES PREVIOS SOBRE ESTA REFORMA FISCAL

 

¿Qué implica tener que presentar el impuesto?

 

La presentación del impuesto de sociedades conlleva que las entidades deberán llevar la contabilidad en la modalidad de doble partida y de forma que queden identificados los ingresos y los gastos exentas y no exentas. La contabilidad proporciona a la entidad los estados contables necesarios para poder hacer la declaración del impuesto de sociedades. Hay, pues, que las entidades dispongan de un programa informático adaptado al Plan de contabilidad de las entidades no lucrativas.

 

Implicará también un gasto económico?

 

No necesariamente. La presentación del impuesto de sociedades no siempre implica un gasto económico directo para las entidades. Las rentas gravadas son los beneficios de la actividad económica, es decir, ingresos menos gastos. Por tanto, en principio, las entidades que no hagan actividad económica y que no tengan ingresos de rentas no exentas -como los intereses bancarias- no tendrán que pagar nada en concepto de impuesto de sociedades. Ahora bien, las entidades sí deberán dedicar unos recursos económicos para poder adaptar la contabilidad y confeccionar el impuesto de sociedades. Es posible que tengan que pagar por la confección de la contabilidad, la adquisición de un programa contable adaptado al Plan de contabilidad de las entidades no lucrativas y, incluso, para la confección y presentación del impuesto, debido a su complejidad.

 

La ley afecta a las entidades declaradas de utilidad pública?

 

Dependerá de si la entidad ha optado por el régimen fiscal de la Ley 49/2002 o no. Las entidades acogidas a la Ley 49/2002 no se ven afectadas por la reforma fiscal, porque ya estaban obligadas a presentar el impuesto y seguirán tributando al 10% para las rentas no exentas como hasta ahora. El resto de entidades declaradas de utilidad publica sí se verán afectadas: a partir de 2015 estarán obligadas a presentar el impuesto de sociedades.